sábado, 17 de octubre de 2009

VERIFICACIÓN INFÓRMESE 4781-4447

Escribo esto para explicar los requisitos que hay que tener en cuenta
a la hora de verificar un vehículo para transferirlo (compra o venta):
Las consultas más frecuentes son:
¿La verificación la tiene que hacer el comprador o el que vende?
Respuesta: al no ser un trámite de carácter PERSONAL la
verificación la puede llevar a cabo cualquiera de las 2 partes
comprador o vendedor...pero lo razonable sería que el comprador
pidiera la verificación ya hecha por parte del vendedor, sobre todo
si uno va a pagar la unidad antes de hacer la transferencia, como es
habitual.
¿Pero entonces quién la tiene que pagar?
Eso se acuerda entre las partes, no es fijo, algunas veces se hace cargo
el vendedor y otras el comprador
¿Y si la cédula verde está vencida?
Conviene que el titular este presente, ya que para él nunca vence,
pero si no se puede contar con la presencia del titular, lo mejor es
traer el título de propiedad.
¿Cuál es el horario de atención de las Plantas Verificadoras?
Depende de la jurisdicción, las de Capital Federal abren a las 7 am y
atienden hasta las 18:00 hs pero las del Gran Buenos Aires sólo de
8 am hasta las 15:00 hs.
¿Que otro papel hay que traer para hacer la verificación?
Se necesita DNI, o en su defecto cédula de identidad o pasaporte
(es importante recalcar que el registro de conducir NO SIRVE para
acreditar identidad)

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